El acuerdo fue firmado en La Habana el 13 de diciembre de 2016 y establece su aplicación si el condenado es ciudadano del país receptor y respecto a los ciudadanos cubanos, si residen permanentemente en este país.
El acuerdo también se aplica si el sujeto a entregar no está condenado a la pena de muerte.
"No obstante es posible la entrega en caso de que se conmute la pena capital por la pena de privación de libertad en correspondencia con la legislación del Estado que extradita", señala el documento.
El acuerdo también se aplicará si la condena entró en vigor y en el país que entrega no se llevan a caso procesos jurídicos penales en contra de la persona a extraditar.
Lea más: Rusia estrecha sus relaciones con Cuba en las narices de EEUU