La Constitución, vigente desde 2008, establece tres causales para que el Poder Ejecutivo pueda activar el mecanismo.
La primera, si la Asamblea se atribuye funciones que no le competen legalmente.
La segunda, si de forma reiterada e injustificada el Poder Legislativo obstruye la ejecución de un Plan Nacional de Desarrollo, que establece las políticas, los proyectos y la programación del Gobierno para el gasto del presupuesto público.
La tercera, por una grave crisis política y conmoción interna. Esta es la causal invocada por el jefe de Estado el 17 de mayo.
Solo la primera causal requiere el aval de la Corte Constitucional. En el caso de las restantes solo se necesita un decreto ejecutivo, como el firmado el 17 de mayo por Lasso.
El decreto establece la inmediata disolución de la Asamblea Legislativa y solicita al Consejo Nacional Electoral convocar elecciones generales anticipadas.
Lasso apeló al mecanismo mientras era sometido en el parlamento a un juicio político por no haber suspendido un polémico contrato entre la empresa estatal Flopec y el conglomerado Amazonas Tankers, para la transportación del crudo ecuatoriano, que habría ocasionado un perjuicio para el Estado por 6,1 millones de dólares, de acuerdo con la Contraloría General del Estado.
La aprobación de la moción de censura que hubiera llevado a su destitución requería 92 votos, equivalentes a dos tercios del hemiciclo.
Lasso contaba con el apoyo de la bancada del oficialista Movimiento CREO (derecha), pero la oposición de Unión por la Esperanza (UNES, izquierda), el Partido Social Cristiano (derecha) —que rompió una alianza electoral con CREO— y disidentes de Izquierda Democrática y Pachakutik (izquierda).
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