Las empresas "no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas", advierte el artículo 1 del decreto 311 publicado este 25 de marzo en el Boletín Oficial.
Los servicios alcanzados por la normativa son los de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable.
El documento, firmado por el presidente, Alberto Fernández, el jefe de gabinete, Santiago Cafiero, y el resto de los ministros, mantiene estas obligaciones por los próximos 180 días.
El subsecretario de Estrategias Sanitarias, Alejandro Costa, informó este 25 de marzo que hasta el momento hay 387 casos confirmados de COVID-19 en 18 de los 24 distritos del país.
Del total de pacientes enfermos, 247 tienen antecedentes de viaje al exterior, 84 son de transmisión local comunitaria, y un caso más no tiene antecedentes de viaje ni tuvo contacto estrecho con personas enfermas, además de que otros 55 casos están bajo investigación epidemiológica.
Ocho personas fallecieron hasta el momento y 63 fueron dados de alta.
El 2% de los pacientes infectados en el país tiene menos de 14 años, el 80% se sitúa entre los 15 y 59 años, y el 18% son mayores de 60.
En la víspera se informó de 87 nuevos casos, el mayor número que se había detectado hasta el momento.
El país sudamericano se encuentra en fase de contención y mantiene al mismo tiempo estrategias de contención y mitigación de la mortalidad y la transmisión del virus.
En el mundo se registraron 372.757 casos confirmados y 16.231 fallecidos producto del virus, de acuerdo al último informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicado el 24 de marzo.