Según razona el Tribunal Supremo en un auto emitido este 14 de junio, el hecho de que Junqueras asumiera la condición de eurodiputado conllevaría un "irreversible peligro" para el proceso penal en el que se le juzga por la posible comisión de un delito de rebelión.
Para adquirir la condición de eurodiputado, en primer lugar, Junqueras debería recibir un permiso penitenciario para jurar la Constitución española en la sede de la Junta electoral en Madrid y, en segundo lugar, debería acudir a la sede del Parlamento Europeo en Bruselas para asistir a la sesión constitutiva de la cámara el próximo 2 de julio.
El Tribunal Supremo considera que el desplazamiento a Bruselas supondría "un irreversible peligro para los fines del proceso" ya que "implicaría la pérdida del control jurisdiccional sobre la medida cautelar que la afecta desde el momento en que el acusado abandonara territorio español".
Además, el Tribunal Supremo recuerda que precisamente Bélgica es el lugar donde el expresidente catalán, Carles Puigdemont, dice "haber instalado el gobierno de la república catalana en el exilio".
En el auto emitido el 13 de junio, el Supremo razona que la denegación del permiso para acreditarse como diputado no implica "una pérdida del derecho de participación de Junqueras" porque las restricciones tienen un carácter "temporal" hasta que se produzca el desenlace del proceso judicial que le afecta.
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La denegación del permiso a Junqueras llega un día después de que la Junta Electoral central denegara la emisión a distancia de la acreditación como eurodiputado para Carles Puigdemont.
De esta manera, la Junta Electoral hace que, si Puigdemont quiere adquirir el acta, tenga que desplazarse desde su residencia en Bélgica a Madrid, donde hay activa una orden de detención en su contra.