"Las resoluciones fueron publicadas en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere", informó Presidencia en un comunicado.
La vigencia de la emergencia agropecuaria en Corrientes se extenderá por un año, con efecto retroactivo al pasado 1 de marzo, para productores agrícolas, ganaderos y apícolas de cuatro departamentos: Esquina, Sauce, Monte Caseros y Curuzú Cuatiá.
En cuanto a Santiago del Estero, el Gobierno reconocerá los estragos de la sequía en los cultivos de alfalfa, algodón, soja, sorgo, maíz, girasol y otras pasturas, medida que se extenderá a los productores de ganado mayor y menor y a los de carne y leche del departamento de Rivadavia.
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En esta provincia, la emergencia agropecuaria estará en vigor desde el 1 de febrero de 2018 hasta el 31 de enero de 2019.
La resolución se extenderá tres meses más, hasta el 31 de diciembre, para los ganaderos, tamberos, y productores apícolas y frutihortícolas de once departamentos.
La Ley de Emergencia Agropecuaria Nacional (26.509), que se aplicará en estos casos, flexibiliza los plazos de pago de las declaraciones juradas y de varios tributos, como el impuesto a las ganancias (a la renta) o de bienes personales.