"El Tribunal con voto de mayoría (jueces Iván León y Daniella Camacho) declara la inexistencia del delito de peculado según el Art. 257 del COIP", señaló la Dirección de Comunicación de la Corte Nacional de Justicia.
La decisión de los jueces también implica la inocencia del exsubsecretario de Comunicación Pablo Yánez; el exfuncionario de la Secretaría de Comunicación, Galo Pacheco, y el exproveedor de esa entidad, Carlos Bravo.
Apenas se conoció del fallo, la Fiscalía de la Nación anunció que lo apelará, en cuanto le sea notificado.
El proceso penal se inició en base de un informe de la Contraloría General del Estado, que estableció un perjuicio para el Estado de 250.000 dólares.
Según la Contraloría, entre junio de 2013 y mayo de 2017, Alvarado inobservó normas legales para la contratación de personas así como de una empresa que prestaban servicios comunicacionales para la producción de material audiovisual para los enlaces ciudadanos, que eran informes semanales de labores, conocidos como sabatinas.